Registro RGSA

Están obligados a inscribirse en el Registro General Sanitario de Alimentos las empresas que produzca, almacenen, manipulen, transporten y/o simplemente comercialicen alimentos destinados a terceros.

Para realizar el registro es necesario:

  • Solicitud cumplimentada.
  • Memoria Técnica Descriptiva de la Actividad.
  • CIF.
  • Escrituras.
  • Pago de las Tasas.
  • Plan de Autocontrol APPCC.

Tras presentar la documentación o una vez emitido el registro, se realiza una inspección de Sanidad en la que pueden solicitar mejoras, ya sea en instalaciones, APPCC, métodos de trabajo…

Cómo trabajamos en ASERVET

  1. Una evaluación inicial nos permite asesorar al cliente sobre posibles necesidades de mejora para la obtención del Registro Sanitario y sobre que clave se va a solicitar dicho registro.
  2. Cumplimentación en su totalidad de los formularios que requiere la tramitación del número de registro.
  3. Pago de las tasas requeridas para dichos trámites.
  4. Elaboración de la Memoria Descriptiva de la Actividad.
  5. Diseño e implantación del APPCC.
  6. Tramitación del expediente. Incluyendo el seguimiento y resolución de posibles incidencias, así como asistencia técnica en caso de inspección sanitaria.